Skip to main content

Sentencia ejemplar en Málaga: 10.000 euros por vulnerar la dignidad de un trabajador

El Juzgado de lo Social nº 5 de Málaga ha condenado recientemente a una empresa panadera de Coín a indemnizar con 10.000 euros por daño moral a un trabajador cuya nómina fue abonada bajo el concepto vejatorio “nómina abril maricón”, al vulnerar sus derechos fundamentales. Además, se declaró la extinción indemnizada del contrato de trabajo con una compensación adicional de 3.759 euros.

La jueza consideró acreditado que fue el propio administrador quien introdujo de forma consciente ese concepto en la transferencia bancaria, desestimando que se tratara de un error del banco.

¿Qué derechos fundamentales protege el trabajador en estos casos?

La Constitución Española, en su artículo 10.1, reconoce la dignidad de la persona como fundamento del orden jurídico. Esta dignidad se proyecta especialmente en el ámbito laboral, donde los trabajadores tienen derecho a no sufrir discriminación por su orientación sexual, identidad de género, creencias u otras circunstancias personales.

Asimismo, el Estatuto de los Trabajadores y el Tribunal Constitucional establecen que el respeto al trabajador es una obligación empresarial. Cualquier actuación empresarial que atente contra estos derechos puede suponer una grave vulneración legal.

Consecuencias legales: indemnización y extinción del contrato laboral

Cuando un trabajador sufre un atentado contra su dignidad o derechos fundamentales en el trabajo, puede:

  • Solicitar una extinción indemnizada del contrato por incumplimiento grave del empresario (art. 50 ET).
  • Interponer una demanda por vulneración de derechos fundamentales, solicitando indemnización por daños morales.
  • Presentar denuncia ante la Inspección de Trabajo o incluso por la vía penal si existen indicios de delitos de odio o acoso.

El respeto en el trabajo no es opcional: es una obligación legal

El respeto en el entorno laboral no es una cuestión de cortesía, sino una obligación recogida en nuestro marco jurídico. Las empresas están obligadas a garantizar un entorno de trabajo seguro, igualitario y libre de discriminación.

Actitudes como las del caso de Coín no solo son socialmente reprobables, sino también legalmente sancionables. El derecho del trabajo protege al empleado frente a abusos, humillaciones y situaciones de acoso laboral o discriminación por orientación sexual.

¿Has sufrido humillaciones o acoso laboral? Te ayudamos

En Blanco Inan Abogados somos especialistas en reclamaciones por daños morales, acoso laboral, despido improcedente y extinción de contrato por incumplimiento empresarial.

Si has sufrido una situación similar o tienes dudas sobre tus derechos, contacta con nosotros. Evaluamos tu caso con total confidencialidad y te ayudamos a reclamar lo que legalmente te corresponde.

Blanco Inan Abogados – Defensa laboral, dignidad profesional

Noticia de El Pais – Haga click

Leave a Reply