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Cuando se acerca la campaña de la renta siempre surge la duda sobre la obligación de declarar, ya que son varios los datos a tener en cuenta.

  • El límite general para no tener obligación de declarar es de 22.000€ anuales, siempre y cuando sólo hayas tenido un único pagador.
  • Si has tenido varios pagadores, deberás presentar la declaración de la renta, salvo que lo percibido por el segundo y siguientes pagadores no exceda de 1.500€ en su totalidad. Si has estado parte del año trabajando y parte cobrando el desempleo, debes tener en cuenta que el SEPE computa como pagador. 
  • Si has tenido varios pagadores y las cantidades del segundo y siguientes pagadores exceden de 1.500€, deberás presentar la declaración, salvo que que la suma de todos los rendimientos no supere 14.000€ anuales.

Ahora bien, aunque no superes los límites anteriores, puedes tener la obligación de declarar si se da alguno de los siguientes casos:

  • Tienes más propiedades además de la que es tu vivienda habitual, puedes encontrarte en estas dos situaciones:
    • Tienes una vivienda o local alquilado. En ese caso debes hacer la declaración.
    • No tienes tus propiedades alquiladas. Tendrás la obligación de declarar si lo que hacienda te imputa supera la cantidad de 1.000€.
  • Tienes dividendos de acciones, intereses de cuentas o ganancias patrimoniales. En este caso, deberás presentar la declaración si esos rendimientos alcanza la cantidad de  1.600€.

Por ultimo, si la suma de tus rendimientos del trabajo, del capital mobiliario e inmobiliario, de actividades económicas y ganancias patrimoniales no supera la cantidad total de 1.000€, no tendrás que declarar. Tampoco si has tenido pérdidas patrimoniales inferiores a 500€.

 

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